La compañía Alimentos El Jardín S.A. presentó la marca Jardín Tea para identificar ‘bebida con té’, incluidas en la clase 32 de la Clasificación Internacional de Niza.
Ante la solicitud, la apoderada de Postobón, Luz Clemencia de Páez, presentó una oposición porque el signo solicitado se asemeja visual, fonética y conceptualmente a Mr. Tea. En especial, en lo relativo a los colores y tipografía. Las marcas identifican los mismos productos, lo que implica que estén en un mismo sector del mercado y sean destinadas a cubrir una misma necesidad. De Páez hizo énfasis en que la marca en cuestión era notoria.
En primera instancia, la Dirección de Signos Distintivos declaró que las marcas no se parecían, ni eran susceptibles a crear confusión y puntualizó que en el aspecto visual presentan coincidencias que no son un problema para la distinción de las marcas. De igual manera, las pruebas de notoriedad no bastaron porque no demuestan “el reconocimiento del producto en el mercado”. Por lo que aprobó el registro de Jardín Tea.
El superintendente delegado para la Propiedad Industrial , José Luis Londoño, revocó la decisión y negó la marca. “Como Mr. Tea es un signo notorio, que merece una protección especial, y es muy recordado por el consumidor, se genera un riesgo por la similitud en el diseño gráfico de las marcas”.
Carlos Amaya
Socio de Amaya Propiedad Intelectual
“La letra y color de la denominación Jardín Tea puede inducir al consumidor a asociarlo con Mr. Tea, y por ende, a creer que tienen el mismo origen empresarial”.
Ante la solicitud, la apoderada de Postobón, Luz Clemencia de Páez, presentó una oposición porque el signo solicitado se asemeja visual, fonética y conceptualmente a Mr. Tea. En especial, en lo relativo a los colores y tipografía. Las marcas identifican los mismos productos, lo que implica que estén en un mismo sector del mercado y sean destinadas a cubrir una misma necesidad. De Páez hizo énfasis en que la marca en cuestión era notoria.
En primera instancia, la Dirección de Signos Distintivos declaró que las marcas no se parecían, ni eran susceptibles a crear confusión y puntualizó que en el aspecto visual presentan coincidencias que no son un problema para la distinción de las marcas. De igual manera, las pruebas de notoriedad no bastaron porque no demuestan “el reconocimiento del producto en el mercado”. Por lo que aprobó el registro de Jardín Tea.
El superintendente delegado para la Propiedad Industrial , José Luis Londoño, revocó la decisión y negó la marca. “Como Mr. Tea es un signo notorio, que merece una protección especial, y es muy recordado por el consumidor, se genera un riesgo por la similitud en el diseño gráfico de las marcas”.
Carlos Amaya
Socio de Amaya Propiedad Intelectual
“La letra y color de la denominación Jardín Tea puede inducir al consumidor a asociarlo con Mr. Tea, y por ende, a creer que tienen el mismo origen empresarial”.